Requisitos Para los Corredores de Bienes Raíces

Para ejercer la actividad de corredor de bienes raíces en Ecuador se requiere:

  • Ser mayor de edad y hallarse habilitado para ejercer el comercio.

  • Obterner la lincencia de corredor profesional, a través de los cursos oficiales que dicta la ACBIR avaladas por FENACBRE

  • Haber tenido negocio o comisión de bienes raíces por lo menos durante un año de actividad.

La Ley de Corredores de Bienes Raíces, fue únicamente modificada en dos aspectos en el 2016:

1. Anuló la certificación para operar por parte del Ministerio de Educación.

2. Eliminó como responsable al Ministerio de Educación, quien debía organizar como carrera intermedia el corretaje de los bienes raíces y a su vez otorgar el título correspondiente. Lo cual nunca fue llevado a la práctica, puesto que la carrera no hace parte del plan académico en Ecuador.

Respecto a la capacitación, se ha asignado dicha responsabilidad a las asociaciones provinciales de corredores que existen en el país, quienes han firmado convenios con instituciones educativas de nivel superior y dictan los cursos que es uno de los requisitos para la obtención de la licencia.

En lo referente al otorgamiento de la licencia profesionales de corredores de bienes raíces, cada asociación provincial las asigna, y se registra ante el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversión y Pesca (MPCEIP) quien es nuestro ente regulador

Ley de los Corredores de Bienes Raíces

Reglamento Interno al Estatuto Federación Nacional de Corredores de Bienes Raíces del Ecuador